Efectivos del GEOP ingresaron al domicilio de Martin Alejandro "Tino" John, en el Paraje Las Golondrinas en el marco de un allanamiento en mayo de 2021. En menos de 40 minutos, maniataron a la pareja y asesinaron al vecino de un disparo en la cabeza, en un operativo cargado de irregularidades. A pocos días de cumplirse 4 años del hecho, se confirmó que los imputados irán a juicio por jurados. El cambio de fiscal en 2023 permitió que la Justicia reconociera las responsabilidades en la cadena de mando y las negligencias cometidas por los efectivos que culminaron en el asesinato de John. El rol del ex fiscal del caso, la responsabilidad política del entonces ministro de Seguridad, Federico Massoni, y las intrincadas cadenas de acciones y omisiones.
Cronología de la negligencia
Durante la mañana del 27 de mayo de 2021, en el marco de un allanamiento, cerca de 20 efectivos del Grupo de Operaciones Especiales (GEOP) ingresaron a la vivienda de Alejandro "Tino" John. La orden judicial indicaba que debían requisar la existencia de armas en un plazo de 48 horas. El ingreso, sin embargo, fue rápido y violento.
Claudia Costa -viuda de Tino- estaba presente en ese momento. "Yo estaba llegando a casa, me dejaron en la puerta. Desde la tranquera hasta la casa hay alrededor de 300 metros. Iba caminando y veo bultos, no sé por qué se me ocurrió pensar que eran jabalíes", recordó Costa en diálogo con este medio, poco más de un mes después del crimen. "Llamé a Tino. Y él me dijo que iba a salir a buscarme. Cuando sigo caminando veo que los bultos se meten en la cuneta; veo un traje de militar. Ahí me di cuenta que algo pasaba", continuó.
"Tino me estaba esperando con un chico que lo ayudaba con el galpón. Escuché que me dijeron ‘¡señora, señora!', lo que me dio miedo. Me acerco a Tino, ni un beso alcancé a darle y le digo ‘metete adentro'. Miré para el costado y vi que entraban dos camionetas. De golpe rompieron la puerta y entraron como 20 personas con cascos, armas y fusiles, a los gritos. Tino agarró el rifle, se fue para arriba. Yo le agarré la mano y me dijo 'quedate ahí''', agregó.
Claudia fue maniatada en el living de su casa y así permaneció hasta finalizado el operativo. En el medio, le impidieron realizar llamadas y no le brindaron información precisa sobre lo que estaba pasando. Recuerda haber estado atada durante al menos cuarenta minutos, y escuchar por la radio de uno de los efectivos que Tino estaba muerto. Recién fue liberada cuando los efectivos vieron que la fiscal arribaba al domicilio, y una vez finalizado el operativo, le entregaron la orden de allanamiento.
La versión del equipo especializado, respaldada por el fiscal Carlos Díaz Mayer y el entonces ministro de Seguridad Federico Massoni, indica que los efectivos se encontraron con un hombre con actitud extremadamente violenta.
Según detalló Díaz Mayer en los días posteriores al hecho, personal de la Comisaría de El Hoyo había intentado dialogar con John el día anterior, a raíz de una denuncia de los vecinos por tiros al aire, pero fueron repelidos con disparos. Al día siguiente arribó el GEOP que "también fue recibido a los tiros y tuvo que repeler la agresión. Lamentablemente, con el saldo de una persona fallecida como resultado del enfrentamiento".
Sostuvo que "hubo un diálogo previo, con la intención de poder evitar la violencia, incluso con la utilización de granadas de estruendo y de humo para tratar de que desista de su actitud. A los gritos decía que tenía armas y balas para matar a todos. Comenzó a disparar contra los uniformados".
A pesar del protocolo que había impuesto el mismo ministro Massoni, que indica que los agentes deben utilizar un disparo mortal como última alternativa y si el agresor se acerca a menos de 6,4 metros, John fue asesinado sin haber agotado alternativas plausibles que hubieran protegido tanto la vida de los efectivos como de terceros y del propio vecino.
Esto es lo que la familia y las organizaciones de Derechos Humanos denuncian desde el día uno, y que fue reconocido en 2023 por el nuevo fiscal, Martin Robertson. La versión de Díaz Mayer y Massoni rápidamente perdió fuerza ante las evidencias. Una pericia del doctor Enrique Prueguer en 2021 incluso aportó evidencias de que la escena había sido manipulada y no tenía correspondencia con el relato de los efectivos.
El juez reconoce que Moggiani disparó "intencionalmente" con su pistola a Alejandro Tino John, quien padecía de una enfermedad mental y cursaba un brote psicótico.
La ausencia de protocolos de Salud Mental durante el operativo fue uno de los puntos centrales de las querellas, y así lo reconoce Ennis en su resolución.
"El comisario Omar Eduardo Martínez, con pleno conocimiento de la condición de enfermo mental en brote psicótico de John, que había sido puesto a cargo del procedimiento por orden judicial, no cumplió con la convocatoria del equipo de salud mental conforme lo ordenado y, siendo las 10:30 horas de ese mismo día, omitió impedir que el jefe del GEOP, comisario Cristian Alejandro Soto, a cargo de la ejecución táctica, y también conocedor de la condición de John, desarrollara inmediatamente un operativo de corte militar que a pocos minutos concluyó con la muerte de la víctima", remarca en el escrito.
De esta forma, reconoce que sobre ambos pesaba la responsabilidad de hacer lo posible para evitar la muerte de John, por lo que "incumplieron los criterios y principios jurídicos que debían haberlos orientado como la normativa referida a los protocolos de intervención en el caso de enfermos mentales; y con su conducta crearon el riesgo que finalmente causó la muerte de John, ejecutada dolosamente por Moggiano".
Durante las últimas semanas se llevaron a cabo las distintas jornadas de la audiencia preliminar, en las cuales las partes formularon sus ofrecimientos de prueba y expusieron oposiciones a la admisión de testimonios y evidencias.
El defensor particular de Moggiano, Fabián Gabalachis, reiteró el pedido de sobreseimiento de su asistido y propuso además que en el caso intervenga un tribunal técnico unipersonal. Lo mismo fue solicitado por los defensores de Martínez y Soto, pidiendo además la celebración de juicios por separado.
Moggiano, el autor del disparo
Luis Américo Moggiano, efectivo del GEOP, fue el primer imputado de la causa, responsable de haber ejecutado el disparo que acabó con la vida de Tino John. Carlos Díaz Mayer -el primer fiscal, que fue apartado en 2023- insistió en su absolución e incluso se presentó en una de las últimas audiencias para reivindicar su pedido, el cual fue denegado.
Según el escrito del juez José Luis Ennis, por no haber sido discutido por las partes, está "fuera de discusión" que la causa de muerte de John fue el disparo de arma de fuego realizado por Moggiano. Sin embargo, las partes debatieron sobre la naturaleza de la actuación del efectivo.
La querella sostuvo que se trató de un homicidio doloso, puesto que disparó el arma a sabiendas de que causaría la muerte de John, y sin una justificación en el protocolo, ya que existían alternativas para neutralizar el peligro que pudiera implicar la víctima.
La defensa afirma que Moggiano actuó en el marco del ejercicio legítimo de su función, amparándose en los incisos 4 y 6 del art. 34 del Código Penal, que establece que no son punibles los actos de quienes obran en cumplimiento de un deber, autoridad o cargo o del que obra en defensa propia o de sus derechos ante agresiones ilegítimas. En este sentido, resta determinar si Moggiano actuó o no amparado por una causa de justificación.
Los roles de Soto y Martínez
Por otro lado, el juez se expidió sobre los roles y calificaciones de Omar Martínez y Cristian Soto. Cabe recordar que en 2023 la querella solicitó un pedido de ampliación de imputación, que incluía a Martínez, Soto y a un tercer oficial, Jesús Ramos, que eventualmente quedó fuera de la imputación. Hasta el momento, el único imputado era Moggiano.
El pedido fue inicialmente denegado por la jueza a cargo en ese momento, pero meses más tarde, después de que Díaz Mayer sea apartado y en su lugar asumiera Martin Robertson, la Fiscalía avanzó con la imputación de los otros dos efectivos.
En el pedido de imputación, el fiscal Robertson repasa los hechos del 27 de mayo y delinea el rol concreto de cada uno.
Omar Martínez era jefe de la Comisaría de El Hoyo, y tenía el dominio de cuándo y cómo realizar el allanamiento. Conociendo los padecimientos mentales John, no evitó la irrupción del GEOP aun sabiendo que aún no estaba presente el personal médico, incumpliendo así una orden judicial.
Cristian Soto, por su parte, no esperó a recibir órdenes y decidió irrumpir unilateralmente cuando Claudia Costa ingresó a la vivienda. Para el fiscal Robertson, estas omisiones y decisiones apresuradas, "desencadenaron en el resultado muerte".
En las últimas jornadas judiciales, la querella atribuyó a Soto y Martínez "no haber obrado con el cuidado que la situación y las funciones concretas que cumplían les imponían en el caso, generando así una situación de riesgo que se concretó en la muerte de Alejandro John".
Los defensores de ambos imputados pidieron el sobreseimiento y se opusieron a la elevación de juicio por delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Los abogados defensores indicaron, además, que sus asistidos debían ser juzgados por separado y ante un tribunal técnico unipersonal.
El juez, por su parte, rechazó los pedidos de las defensas y resolvió avanzar en la apertura de un juicio por jurado unificado para los tres imputados.
La decisión está basada en una cuestión de economía procesal y en el riesgo de sentencias condenatorias en la celebración de juicios paralelos.
Ennis resolvió no hacer lugar a las oposiciones de las defensas y disponer la apertura de un juicio unificado.
Así, Moggiano queda imputado por homicidio agravado en condición de funcionario policial. A Soto y Martínez se les atribuye el delito de homicidio culposo, desobediencia e incumplimiento de los deberes de funcionario público.
Aunque esta decisión implica un avance para la familia, que ha exigido sin cesar la imputación de los responsables, Claudia Costa expresó en diálogo con este medio que "tendrían que haber sido investigados todos los que participaron", refiriéndose a "una larga cadena de acción y omisión".
El caso tuvo visibilidad mediática y social en los últimos años, aunque Claudia sigue insistiendo en el silencio de los medios nacionales. Además, abrió un profundo debate sobre la necesidad de implementación y cumplimiento de protocolos de Salud Mental. En una entrevista con este medio en 2022, Costa subrayaba "el protocolo existe, la Ley de Salud Mental existe, pero no se cumplen", y decía que creía poco probable que hoy se produjera una situación similar debido al antecedente del caso de Tino John.
El camino hacia el juicio fue largo para la familia: en el medio, el principal imputado estuvo próximo al sobreseimiento y la causa a punto de ser cerrada. Sin embargo, las distintas instancias judiciales y las pruebas aportadas señalan el punto nodal del caso, y es que la muerte de Tino John podría haberse evitado.
"Massoni fue el autor político"
Luego de conocerse esta semana la decisión del juez de elevar la causa a juicio, la viuda de la víctima sostuvo en declaraciones radiales que el ex ministro de Seguridad Federico "Massoni fue el autor político de la muerte de Tino. El sabía el estado mental que mi marido estaba atravesando".
También reiteró que "en el año 2023, Díaz Meyer pidió el sobreseimiento del único imputado, Luis Américo Moggiano, pero no quiso imputar a los comisarios Cristian Alejandro Soto y Omar Eduardo Martínez. Nosotros recurrimos al procurador para objetar el pedido de sobreseimiento del fiscal Díaz Meyer". Y destacó que "después de dos años y ocho meses, pudimos sacar a Díaz Meyer y llegó el fiscal Martín Robertson, quien sí entendió que los policías Soto y Martínez debían ser investigados"; a su vez, aseveró que "la sorpresa fue que la defensa de Moggiano, y creo que la de los comisarios, llaman a Díaz Meyer como testigo".
Claudia Costa advirtió que "es un absurdo, y a las pruebas me remito: cuando yo quise recusarlo -a dos días de ocurridos los hechos- no tuve suerte. Esta situación se volvió grotesca, irrisoria. Realmente subestiman la inteligencia de todos los ciudadanos de Chubut: Díaz Meyer, el entonces fiscal que ordenó el allanamiento sin la presencia de personal de salud, y el exministro de Seguridad de la Provincia, Federico Massoni, fueron convocados por la defensa", resaltó.
E insistió en que "Federico Massoni es el autor político del asesinato; por lo tanto tiene interés en la causa y no puede ser testigo. Los otros comisarios son los responsables jerárquicos del hecho y tienen interés en limpiar su currículum".