Condena y desalojo, despojarán de sus tierras a la lof Quemquemtreu en Cuesta de TerneroLa jueza de Bariloche, Romina Martini, ordenó eldesalojo de la comunidad Quemquemtreu ubicada en Cuesta del Ternero, cerca de El Bolsón, y condenó a tres referentes de la comunidad mapuche a un año y seis meses de prisión en suspenso.
Romina Natalia Jones, Lautaro Cárdenas Despo y Alejandro Javier Morales Godoy, fueron condenados como coautores penalmente responsables del delito de usurpación con la pena de un año y seis meses de prisión, tal como había pedido la fiscal Betiana Cendón, con pautas de conducta.
El diario Río Negro informó que la sentencia está fechada el 25 de octubre y trascendió este martes. Allí, la jueza dispuso el desalojo de los dos lotes del paraje Cuesta del Ternero -que explota Rolando Rocco, el denunciante-.
Antes del desalojo le concede a los ocupantes un plazo de 10 días para retirarse de manera voluntaria del lugar. Cumplido ese plazo puede instrumentarse el desalojo por la fuerza, "con la identificación exacta de todas las personas que efectúen la diligencia", ordenó la magistrada en su sentencia.
Dispuso además que se garanticen las pautas establecidas por el Superior Tribunal de Justicia dando intervención a la defensoría de Menores y demás organismos proteccionales "en resguardo de eventuales derechos involucrados".
También dio intervención a los ministerios de Gobierno, Seguridad y Justicia, Educación y Derechos Humanos, y Desarrollo Humano, como también al Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas (Codeci) y al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), "a los fines que estimen corresponder en relación al desalojo ordenado".
En la sentencia, Martini dejó plasmado además que quedan absueltos Ariadna Belén Mancilla Cedrón, Juan Cruz Baeza y Mauro Javier Vargas.
El caso se inició con una denuncia por usurpación que impulsó Rocco, quien tenía el permiso para la explotación forestal, en septiembre de 2021 y se ventiló en un juicio oral a comienzos de octubre, que terminó con la condena de tres de las seis personas acusadas.
Referentes de la lof Quemquemtreu permanecen en el predio porque tiempo atrás se llegó a un acuerdo con la provincia para su permanencia, luego de que en el predio fuera asesinado Elías Garay, un joven mapuche que fue ultimado de un disparo por parte de empleados de Rocco, quienes fueron condenados en otro juicio.
En el juicio, la defensa de los imputados reclamó que no se ordene el desalojo por ese acuerdo de permanencia previo. En tanto, la querella coincidió con el pedido de expulsión de los acusados del predio que hizo la fiscalía, diferenciándose solo en un pedido de pena mayor, de 3 años de prisión de ejecución condicional.
Fuente: Diario Río Negro
La jueza de Bariloche, Romina Martini, ordenó eldesalojo de la comunidad Quemquemtreu ubicada en Cuesta del Ternero, cerca de El Bolsón, y condenó a tres referentes de la comunidad mapuche a un año y seis meses de prisión en suspenso.
Romina Natalia Jones, Lautaro Cárdenas Despo y Alejandro Javier Morales Godoy, fueron condenados como coautores penalmente responsables del delito de usurpación con la pena de un año y seis meses de prisión, tal como había pedido la fiscal Betiana Cendón, con pautas de conducta.
El diario Río Negro informó que la sentencia está fechada el 25 de octubre y trascendió este martes. Allí, la jueza dispuso el desalojo de los dos lotes del paraje Cuesta del Ternero -que explota Rolando Rocco, el denunciante-.
Antes del desalojo le concede a los ocupantes un plazo de 10 días para retirarse de manera voluntaria del lugar. Cumplido ese plazo puede instrumentarse el desalojo por la fuerza, "con la identificación exacta de todas las personas que efectúen la diligencia", ordenó la magistrada en su sentencia.
Dispuso además que se garanticen las pautas establecidas por el Superior Tribunal de Justicia dando intervención a la defensoría de Menores y demás organismos proteccionales "en resguardo de eventuales derechos involucrados".
También dio intervención a los ministerios de Gobierno, Seguridad y Justicia, Educación y Derechos Humanos, y Desarrollo Humano, como también al Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas (Codeci) y al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), "a los fines que estimen corresponder en relación al desalojo ordenado".
En la sentencia, Martini dejó plasmado además que quedan absueltos Ariadna Belén Mancilla Cedrón, Juan Cruz Baeza y Mauro Javier Vargas.
El caso se inició con una denuncia por usurpación que impulsó Rocco, quien tenía el permiso para la explotación forestal, en septiembre de 2021 y se ventiló en un juicio oral a comienzos de octubre, que terminó con la condena de tres de las seis personas acusadas.
Referentes de la lof Quemquemtreu permanecen en el predio porque tiempo atrás se llegó a un acuerdo con la provincia para su permanencia, luego de que en el predio fuera asesinado Elías Garay, un joven mapuche que fue ultimado de un disparo por parte de empleados de Rocco, quienes fueron condenados en otro juicio.
En el juicio, la defensa de los imputados reclamó que no se ordene el desalojo por ese acuerdo de permanencia previo. En tanto, la querella coincidió con el pedido de expulsión de los acusados del predio que hizo la fiscalía, diferenciándose solo en un pedido de pena mayor, de 3 años de prisión de ejecución condicional.
Fuente: Diario Río Negro