Un feriado que manipula la verdad histórica de los pueblos originarios en ChubutNota publicada originalmente el 2 de noviembre del 2020
Por Daniel Loncón*.
En 2015 el Pueblo Mapuche Tehuelche sufrió un acto de violencia histórica y simbólica por parte de la Legislatura de Chubut, que evidenció la vigencia de un paradigma que pretende homogeneizar bajo la figura integracionista la diversidad cultural preexistente de las poblaciones indígenas de la región. En enero de ese año se publicó en el Boletín Oficial la instauración de un nuevo feriado para cada 3 de noviembre.
La Ley Nº 547 establece en su primer artículo: "Institúyase el día 3 de noviembre de cada año como feriado no laborable en el territorio de la provincia del Chubut, en conmemoración del día en que las tribus tehuelches y Mapuches le juraron fidelidad y lealtad a orillas del Arroyo Genoa a la bandera argentina".
Es necesario, revisar los orígenes de este supuesto hecho histórico, el proceso de instauración como feriado provincial y sus implicancias.
Según el Censo Nacional de Población de 2010, Chubut es la provincia de Argentina con el mayor porcentaje de población que se auto reconoce como perteneciente a pueblos indígenas, con el 8,7 % de su población, más de 43 mil personas. Un porcentaje de esta población vive en las más de 110 comunidades Mapuche Tehuelche que se encuentran en la provincia, y una enorme cantidad aún no precisada lo hace en los núcleos urbanos a los cuales se ha visto forzada a migrar por motivos diversos.
Se realiza esta observación a los efectos de entender las implicancias de la instauración de un feriado de estas características, centrándonos en los fundamentos que llevaron a los legisladores a aprobar una medida de estas características.
Para analizar este hecho, voy a hacerlo por medio de tres aspectos: a) la fuente histórica; b) la interpretación de la misma y c) el uso político e ideológico de dicho acontecimiento.
Fuente histórica
En referencia a la fuente histórica, el relato del acontecimiento en cuestión es tomado del libro "Vida entre los patagones" de George C. Musters, el marino inglés que recorrió la región en 1869 y cuyo libro se publicó en Londres en 1871.
Según el relato de Musters, en el mes de agosto de 1869 se suma a una caravana de indígenas tehuelches integrada por Orkeke, Hinchel, Casimiro Biguá y otras personas en un viaje con rumbo al norte que partió de la Isla Pavón.
Luego de varios meses de viaje, Musters relata el encuentro de la columna en la que iba con otro grupo de indígenas provenientes del Norte en la zona del arroyo Genoa. Nos vamos a detener en esta parte y citar textualmente el libro de Musters.
Relata que "el 2 de noviembre, como a las 2 de la tarde, llegamos a un paso o garganta situado arriba del punto de reunión en Henno". (se presume que es la zona del Arroyo Genoa, cercano al lugar donde actualmente se encuentra la localidad de José de San Martín, en la provincia del Chubut).
Continúa narrando Musters que al día siguiente: "estábamos a la mañana siguiente pasando el tiempo en la pesca y diferentes deportes en el agua cuando se vio humo en varios puntos al oeste, y como a las dos de la tarde apareció en la parte norte del valle la cabeza de una pesada columna de mujeres, criaturas e innumerables caballos. Todos se dirigieron inmediatamente a los toldos, se ataviaron y trajeron a los caballos, preparándose para la llegada de las visitas, porque se consideraba una cuestión de gran importancia el encuentro de un número cualquiera de indios después de una separación".
"Las dos partes, con todas sus armas, con sus mejores ropas y montados en sus mejores caballos, formaron en líneas opuestas. Los indios del norte tenían una figura más animada; ostentaban camisas de franela, ponchos, y una profusión de espuelas de plata y riendas ornamentadas. Por nuestra parte se desplegó orgullosamente la bandera de Buenos Aires, mientras los del norte, hacían flamear una tela blanca".
Relata que luego de varias maniobras de saludos y ejercicios con armas y caballos por parte de ambos bandos, "los caciques se adelantaron y se estrecharon solemnemente las manos, pronunciando cada cual a su turno largos discursos de cumplimiento. Esto se repitió varias veces, y la etiqueta impone responder solamente "Ahon", esto es, "sí", hasta la tercera repetición, después de lo cual todos empiezan a hablar y a hacer a un lado poco a poco las formalidades. Era un tanto sorprendente ver que se insistiera con tanto rigor en la etiqueta; pero, en la observancia de sus fórmulas propias, estos titulados salvajes son tan puntillosos como si ellos fueran cortesanos españoles".
Una vez revisadas textualmente las páginas del libro de Musters podemos observar que en ningún lugar se menciona o se infiere un juramento o expresión de lealtad hacia la bandera argentina, dado que solo menciona que al inicio de los protocolos de saludo, el bando en el cual estaba Musters tenía una "bandera de Buenos Aires" y el otro bando una tela blanca.
La interpretación forzada
Esto nos lleva hacia al segundo aspecto que es la interpretación que se realiza de determinadas fuentes que se toman como verídicas y con rigor histórico por el solo hecho de estar escritas. No debemos olvidar que el escrito lo realiza George Musters, un viajero y aventurero inglés que no hablaba el idioma de los pueblos indígenas de la región y cuya interpretación estaba atravesada por su subjetividad y etnocentrismo, que consiste en presuponer una superioridad sobre los demás y a la vez, hacer una interpretación de otras culturas, tomando la propia como referencia.
Ello se evidencia cuando se refiere a los protocolos indígenas de saludos y muy sorprendido afirma: "en la observancia de sus fórmulas propias, estos titulados salvajes son tan puntillosos como si ellos fueran cortesanos españoles".
Resulta preocupante, no solo por la dimensión histórica, la forma en que se ha construido el relato histórico oficial de estos territorios, sino también la forma en que ello constituye subjetividades, formas de ver e interpretar los hechos. Muchos de los cuales son reproducido año tras año mediante las efemérides escolares, a la cual se viene a sumar la del 3 de noviembre.
Ya en 1998, mediante la Ley Nº 25.008, la localidad de José de San Martín fue declarada Lugar Histórico Nacional, también basándose en el hecho narrado por Musters.
Gran parte de la historia de estos territorios no está escrita, sino que permanece en la memoria oral de nuestra gente mayor, que han sido testigos de una construcción histórica basada en la negación, las omisiones y los inventos e interpretaciones tergiversadas como la del feriado que estamos analizando.
Si revisamos la toponimia de Chubut nos sorprenderán las antojadizas formas en que muchos lugares fueron nombrados, lugares que ya poseían nombres pero que quedaron subsumidos frente a la codicia de conquista de estos territorios.
También en Chubut, a pocos kilómetros de la ciudad de Sarmiento, un lago lleva el nombre de George C. Musters. Fue bautizado así por el perito Francisco Pascasio Moreno, quien escribió en referencia al lago: "le he dado en mi mapa la denominación de lago Musters, en honor del distinguido viajero que cruzó la Patagonia de extremo a extremo y que bien merece este recuerdo". El lago ya era conocido con el nombre de Otron por las poblaciones originarias, antes del paso de los distinguidos viajeros.
Uso político e ideológico
Finalmente, es interesante analizar el uso político e ideológico de esta referencia histórica. La escueta fundamentación del proyecto que luego se transformaría en la Ley 547 menciona el antecedente de la declaración de la Localidad de José de San Martín como Lugar Histórico Nacional y da por sentado el hecho como la "Primera Jura de ese pabellón Argentino en la Patagonia", y sostiene: "estos hechos de significación histórica sobre nuestro territorio argentino, ameritan que el estado provincial, como una especie (sic) de reparación histórica hacia los pueblos originarios y ara despertar conciencias y rescatar el maravilloso acervo étnico-cultural de nuestros antepasados".
Esto me recordó un relato de Eduardo Galeano cuando menciona la anécdota de un pastor que, luego de toda su propaganda religiosa a un grupo de indígenas del Chaco Paraguayo, su cacique le respondió: "Eso rasca. Y rasca mucho y rasca muy bien. Pero rasca donde no pica".
Uno no duda de las buenas intenciones de los legisladores, pero si el objetivo era realizar una "reparación histórica hacia los pueblos originarios" hicieron exactamente todo lo opuesto.
Este hecho, que pareciera ser reivindicativo en su forma, representa un grave retroceso en términos de reconocimientos identitarios y de derechos de los pueblos indígenas de Chubut, revela un desconocimiento y manipulación de hechos históricos y reafirma el carácter homogeneizador estatal.
Mediante esta ley se pretende "argentinizar" a pueblos que son preexistentes al Estado Nación tal como lo define la Constitución Nacional en su Artículo 75 inc. 17, donde reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas.
La aprobación de esta ley por parte de la Legislatura de Chubut no fue consultada con el Pueblo Mapuche Tehuelche, violando el principio básico de respeto y también de Consulta, libre, previa e informada establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo que establece en el artículo 6 inc. a) "Los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente".
Asimismo, la instauración de este feriado se da en un contexto en el cual las poblaciones indígenas llevan adelante diversos reclamos y reivindicaciones en defensa de los territorios, la recuperación y preservación de los mismos, lo que es visto por ciertos sectores sociales como una amenaza y no dudan en criminalizar social, judicial y mediáticamente los reclamos que la propia Constitución establece como derechos de las poblaciones indígenas.
Manipulación y tergiversación
Utilizar una medida de simpatía social como la instauración de un feriado para encubrir la homogeneización cultural bajo el manto del nacionalismo y la soberanía constituye una manipulación y tergiversación de la propia fuente en la cual se sustenta, como lo vimos anteriormente. A veces también la manipulación se disfraza de buenas intenciones.
Finalmente, es necesario mencionar que la reproducción, conscientemente o no, de una historia oficial sobre la constitución del Estado Argentino en estos territorios, forma parte de un debate necesario y urgente que como sociedad es necesario realizar, el reconocimiento de la verdad histórica no puede esperar. No se puede continuar negando e invisibilizando a las comunidades indígenas, sus demandas y derechos que los asisten.
La reparación histórica no tiene forma de feriado. Los pueblos indígenas exigen el reconocimiento de la verdad histórica sobre el despojo en estos territorios, la devolución de los territorios usurpados y la entrega de tierras aptas y suficientes, el cese de la persecución judicial de referentes y miembros de las comunidades, el fin de la criminalización del Pueblo Mapuche Tehuelche por parte de los medios hegemónicos de comunicación y el cese de las conquistas contemporáneas de tipo económicas, culturales, sociales, espirituales y políticas, entre otras demandas.
La convivencia en una sociedad intercultural implica desafíos y demanda relaciones de trato equitativas, de lo contrario, será un ejercicio de tolerancia superficial que terminará desmantelado cuando aparezcan las diferencias.
El Pueblo Mapuche Tehuelche tiene sobrada experiencia en el arte de parlamentar y buscar consensos mediante el uso de la palabra, pero también sabe poner límites a los abusos.
*Cátedra Libre de Pueblos Originarios, Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.
Nota publicada originalmente el 2 de noviembre del 2020
Por Daniel Loncón*.
En 2015 el Pueblo Mapuche Tehuelche sufrió un acto de violencia histórica y simbólica por parte de la Legislatura de Chubut, que evidenció la vigencia de un paradigma que pretende homogeneizar bajo la figura integracionista la diversidad cultural preexistente de las poblaciones indígenas de la región. En enero de ese año se publicó en el Boletín Oficial la instauración de un nuevo feriado para cada 3 de noviembre.
La Ley Nº 547 establece en su primer artículo: "Institúyase el día 3 de noviembre de cada año como feriado no laborable en el territorio de la provincia del Chubut, en conmemoración del día en que las tribus tehuelches y Mapuches le juraron fidelidad y lealtad a orillas del Arroyo Genoa a la bandera argentina".
Es necesario, revisar los orígenes de este supuesto hecho histórico, el proceso de instauración como feriado provincial y sus implicancias.
Según el Censo Nacional de Población de 2010, Chubut es la provincia de Argentina con el mayor porcentaje de población que se auto reconoce como perteneciente a pueblos indígenas, con el 8,7 % de su población, más de 43 mil personas. Un porcentaje de esta población vive en las más de 110 comunidades Mapuche Tehuelche que se encuentran en la provincia, y una enorme cantidad aún no precisada lo hace en los núcleos urbanos a los cuales se ha visto forzada a migrar por motivos diversos.
Se realiza esta observación a los efectos de entender las implicancias de la instauración de un feriado de estas características, centrándonos en los fundamentos que llevaron a los legisladores a aprobar una medida de estas características.
Para analizar este hecho, voy a hacerlo por medio de tres aspectos: a) la fuente histórica; b) la interpretación de la misma y c) el uso político e ideológico de dicho acontecimiento.
Fuente histórica
En referencia a la fuente histórica, el relato del acontecimiento en cuestión es tomado del libro "Vida entre los patagones" de George C. Musters, el marino inglés que recorrió la región en 1869 y cuyo libro se publicó en Londres en 1871.
Según el relato de Musters, en el mes de agosto de 1869 se suma a una caravana de indígenas tehuelches integrada por Orkeke, Hinchel, Casimiro Biguá y otras personas en un viaje con rumbo al norte que partió de la Isla Pavón.
Luego de varios meses de viaje, Musters relata el encuentro de la columna en la que iba con otro grupo de indígenas provenientes del Norte en la zona del arroyo Genoa. Nos vamos a detener en esta parte y citar textualmente el libro de Musters.
Relata que "el 2 de noviembre, como a las 2 de la tarde, llegamos a un paso o garganta situado arriba del punto de reunión en Henno". (se presume que es la zona del Arroyo Genoa, cercano al lugar donde actualmente se encuentra la localidad de José de San Martín, en la provincia del Chubut).
Continúa narrando Musters que al día siguiente: "estábamos a la mañana siguiente pasando el tiempo en la pesca y diferentes deportes en el agua cuando se vio humo en varios puntos al oeste, y como a las dos de la tarde apareció en la parte norte del valle la cabeza de una pesada columna de mujeres, criaturas e innumerables caballos. Todos se dirigieron inmediatamente a los toldos, se ataviaron y trajeron a los caballos, preparándose para la llegada de las visitas, porque se consideraba una cuestión de gran importancia el encuentro de un número cualquiera de indios después de una separación".
"Las dos partes, con todas sus armas, con sus mejores ropas y montados en sus mejores caballos, formaron en líneas opuestas. Los indios del norte tenían una figura más animada; ostentaban camisas de franela, ponchos, y una profusión de espuelas de plata y riendas ornamentadas. Por nuestra parte se desplegó orgullosamente la bandera de Buenos Aires, mientras los del norte, hacían flamear una tela blanca".
Relata que luego de varias maniobras de saludos y ejercicios con armas y caballos por parte de ambos bandos, "los caciques se adelantaron y se estrecharon solemnemente las manos, pronunciando cada cual a su turno largos discursos de cumplimiento. Esto se repitió varias veces, y la etiqueta impone responder solamente "Ahon", esto es, "sí", hasta la tercera repetición, después de lo cual todos empiezan a hablar y a hacer a un lado poco a poco las formalidades. Era un tanto sorprendente ver que se insistiera con tanto rigor en la etiqueta; pero, en la observancia de sus fórmulas propias, estos titulados salvajes son tan puntillosos como si ellos fueran cortesanos españoles".
Una vez revisadas textualmente las páginas del libro de Musters podemos observar que en ningún lugar se menciona o se infiere un juramento o expresión de lealtad hacia la bandera argentina, dado que solo menciona que al inicio de los protocolos de saludo, el bando en el cual estaba Musters tenía una "bandera de Buenos Aires" y el otro bando una tela blanca.
La interpretación forzada
Esto nos lleva hacia al segundo aspecto que es la interpretación que se realiza de determinadas fuentes que se toman como verídicas y con rigor histórico por el solo hecho de estar escritas. No debemos olvidar que el escrito lo realiza George Musters, un viajero y aventurero inglés que no hablaba el idioma de los pueblos indígenas de la región y cuya interpretación estaba atravesada por su subjetividad y etnocentrismo, que consiste en presuponer una superioridad sobre los demás y a la vez, hacer una interpretación de otras culturas, tomando la propia como referencia.
Ello se evidencia cuando se refiere a los protocolos indígenas de saludos y muy sorprendido afirma: "en la observancia de sus fórmulas propias, estos titulados salvajes son tan puntillosos como si ellos fueran cortesanos españoles".
Resulta preocupante, no solo por la dimensión histórica, la forma en que se ha construido el relato histórico oficial de estos territorios, sino también la forma en que ello constituye subjetividades, formas de ver e interpretar los hechos. Muchos de los cuales son reproducido año tras año mediante las efemérides escolares, a la cual se viene a sumar la del 3 de noviembre.
Ya en 1998, mediante la Ley Nº 25.008, la localidad de José de San Martín fue declarada Lugar Histórico Nacional, también basándose en el hecho narrado por Musters.
Gran parte de la historia de estos territorios no está escrita, sino que permanece en la memoria oral de nuestra gente mayor, que han sido testigos de una construcción histórica basada en la negación, las omisiones y los inventos e interpretaciones tergiversadas como la del feriado que estamos analizando.
Si revisamos la toponimia de Chubut nos sorprenderán las antojadizas formas en que muchos lugares fueron nombrados, lugares que ya poseían nombres pero que quedaron subsumidos frente a la codicia de conquista de estos territorios.
También en Chubut, a pocos kilómetros de la ciudad de Sarmiento, un lago lleva el nombre de George C. Musters. Fue bautizado así por el perito Francisco Pascasio Moreno, quien escribió en referencia al lago: "le he dado en mi mapa la denominación de lago Musters, en honor del distinguido viajero que cruzó la Patagonia de extremo a extremo y que bien merece este recuerdo". El lago ya era conocido con el nombre de Otron por las poblaciones originarias, antes del paso de los distinguidos viajeros.
Uso político e ideológico
Finalmente, es interesante analizar el uso político e ideológico de esta referencia histórica. La escueta fundamentación del proyecto que luego se transformaría en la Ley 547 menciona el antecedente de la declaración de la Localidad de José de San Martín como Lugar Histórico Nacional y da por sentado el hecho como la "Primera Jura de ese pabellón Argentino en la Patagonia", y sostiene: "estos hechos de significación histórica sobre nuestro territorio argentino, ameritan que el estado provincial, como una especie (sic) de reparación histórica hacia los pueblos originarios y ara despertar conciencias y rescatar el maravilloso acervo étnico-cultural de nuestros antepasados".
Esto me recordó un relato de Eduardo Galeano cuando menciona la anécdota de un pastor que, luego de toda su propaganda religiosa a un grupo de indígenas del Chaco Paraguayo, su cacique le respondió: "Eso rasca. Y rasca mucho y rasca muy bien. Pero rasca donde no pica".
Uno no duda de las buenas intenciones de los legisladores, pero si el objetivo era realizar una "reparación histórica hacia los pueblos originarios" hicieron exactamente todo lo opuesto.
Este hecho, que pareciera ser reivindicativo en su forma, representa un grave retroceso en términos de reconocimientos identitarios y de derechos de los pueblos indígenas de Chubut, revela un desconocimiento y manipulación de hechos históricos y reafirma el carácter homogeneizador estatal.
Mediante esta ley se pretende "argentinizar" a pueblos que son preexistentes al Estado Nación tal como lo define la Constitución Nacional en su Artículo 75 inc. 17, donde reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas.
La aprobación de esta ley por parte de la Legislatura de Chubut no fue consultada con el Pueblo Mapuche Tehuelche, violando el principio básico de respeto y también de Consulta, libre, previa e informada establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo que establece en el artículo 6 inc. a) "Los gobiernos deberán consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente".
Asimismo, la instauración de este feriado se da en un contexto en el cual las poblaciones indígenas llevan adelante diversos reclamos y reivindicaciones en defensa de los territorios, la recuperación y preservación de los mismos, lo que es visto por ciertos sectores sociales como una amenaza y no dudan en criminalizar social, judicial y mediáticamente los reclamos que la propia Constitución establece como derechos de las poblaciones indígenas.
Manipulación y tergiversación
Utilizar una medida de simpatía social como la instauración de un feriado para encubrir la homogeneización cultural bajo el manto del nacionalismo y la soberanía constituye una manipulación y tergiversación de la propia fuente en la cual se sustenta, como lo vimos anteriormente. A veces también la manipulación se disfraza de buenas intenciones.
Finalmente, es necesario mencionar que la reproducción, conscientemente o no, de una historia oficial sobre la constitución del Estado Argentino en estos territorios, forma parte de un debate necesario y urgente que como sociedad es necesario realizar, el reconocimiento de la verdad histórica no puede esperar. No se puede continuar negando e invisibilizando a las comunidades indígenas, sus demandas y derechos que los asisten.
La reparación histórica no tiene forma de feriado. Los pueblos indígenas exigen el reconocimiento de la verdad histórica sobre el despojo en estos territorios, la devolución de los territorios usurpados y la entrega de tierras aptas y suficientes, el cese de la persecución judicial de referentes y miembros de las comunidades, el fin de la criminalización del Pueblo Mapuche Tehuelche por parte de los medios hegemónicos de comunicación y el cese de las conquistas contemporáneas de tipo económicas, culturales, sociales, espirituales y políticas, entre otras demandas.
La convivencia en una sociedad intercultural implica desafíos y demanda relaciones de trato equitativas, de lo contrario, será un ejercicio de tolerancia superficial que terminará desmantelado cuando aparezcan las diferencias.
El Pueblo Mapuche Tehuelche tiene sobrada experiencia en el arte de parlamentar y buscar consensos mediante el uso de la palabra, pero también sabe poner límites a los abusos.
*Cátedra Libre de Pueblos Originarios, Universidad Nacional de la Patagonia San Juan Bosco.